composición Islas Malvinas

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Pvcia.de Tierra del Fuego,Antártida,Malvinas é Islas del atlántico Sur

viernes, 6 de junio de 2008

LA LEY NOBLE


La ley es Noble / Enrique Gil Ibarra

Como este tema de los bebés abandonados en cajas frente a las puertas de mansiones ya había sido tratado exhaustivamente por Charles Dickens, el Juzgado de Menores Nro. 1 de San Isidro no le concedió la adopción tan fácilmente. Para nada. Le exigió testigos y, gentilmente, la Señora ofreció dos: su chofer particular y una vecina. Frente a tan contundentes pruebas, el Juez a cargo confirmó el milagro y la adopción. La bebita fue llamada Marcela.
Pero como hemos señalado, ese año Dios fue más generoso aún y, en el mes de julio, hallándose por casualidad Doña Ernestina en el mismo juzgado realizando trámites, hete aquí que llegó una pobre mujeruca zaparrastrosa de nombre Carmen Luisa Delta, que deseaba regalar a su hijo de sólo tres meses. Ni lerdo ni perezoso, el juez se mandó un Credo, y alabó al altísimo. “Está usté en el lugar indicau” dicen que le dijo a la miserable madre. E ipso facto le entregó el niño a la Señora Ernestina, que firmó el recibo y se fue a su casa lo más campante. El niño fue bautizado (por supuesto) con el nombre de Felipe. Las malas lenguas -que nunca son discretas- afirman que el documento de identidad aportado por la madre desamorada en realidad pertenecía a un señor. ¿Sería el primer milagro de cambio de sexo en 1976? ¿Debería aquella pobre mujer reclamar el premio ofrecido por la reina inglesa a todo varón que lograra parir?
Pero abandonemos esas impías elucubraciones. Lo cierto es que los hijos tan deseados llegaron por fin a alegrar la vida de la Señora Ernestina. Los tiempos pasaron. El año 1976 quedó lejano en el ayer, y con él supusieron muchos que quedarían enterrados los recuerdos, el terror subversivo y las ridículas pretensiones de un grupo de extranjerizantes comunistas, aunque, desde luego, los milagros seguirían derramándose sobre aquellos que realmente los merecieran.

Los niños han crecido. Son hoy hombre y mujer adultos y muy, muy ricos. Herederos de un imperio periodístico intocable. Su madre adoptiva es viuda de un prócer de la República y ella misma un emblema de moral, ética y buenas tradiciones.
Tradiciones que intentan modificar individuos sin corazón, que insisten desde hace años en que las adopciones de los muchachos son sospechosas, y afirman que pueden probarlo con sólo un análisis de ADN. Ya en el 2002, un Juez inconsciente detuvo a la Señora Ernestina ¡ocho días antes de Navidad! acusándola de indecencias tales como “falsificación de documento público” a lo que agregó “falsedad ideológica en dos oportunidades” e inserción de “datos falsos en un expediente civil”. La afrenta no pasó desapercibida. En marzo del 2003 el Juez Marquevich fue separado de la causa por la instancia superior (la ofensa le costó el cargo) y reemplazado por otro, más compenetrado con los milagros que la Justicia debe comprender y aceptar a ojos cerrados. Tan cerrados como el cajón donde durmió el expediente durante años.

Tan lejos de 1976 estamos, que las vueltas de la vida y de la política hicieron posible que a partir de la sanción de la Ley 23.511, los hijos y nietos de desaparecidos en cautiverio tuvieran la oportunidad de reencontrarse con su historia verdadera, aunque eso implicara (quizás) desautorizar un par de milagros.
En su artículo cuarto, la Ley dice:

Art. 4.- Cuando fuese necesario determinar en juicio la filiación de una persona y la pretensión apareciese verosímil o razonable, se practicará el examen genético que será valorado por el juez teniendo en cuenta las experiencias y enseñanzas científicas en la materia, la negativa a someterse a los exámenes y análisis necesarios constituirá indicio contrario a la posición sustentada por el renuente.

Pero la Corte Suprema prefiere desentenderse de semejantes minucias, y confiar en la justicia divina, ya que para aplicar la otra se confiesa (parece) incompetente: actuando en contra de lo establecido por la Ley argentina (si Dios es argentino, para qué necesitamos leyes), ha autorizado a los hijos adoptivos de la Señora Ernestina a no cruzar sus muestras de ADN con todas las registradas en el Banco de Datos Genéticos, sino a hacerlo solamente con las dos familias (Gualdero-García y Miranda-Lanuscou) que han presentado querella

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