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viernes, 17 de julio de 2009

Macri lanzó un "Gran Hermano" en las empresas para espiar a los empleados

Facho yo..?no lo que pasa que Mi maestro fue el Conde de Ciani discípulo de Musolini-

En lo que constituye una medida más que polémica, el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, puso en marcha un “Gran Hermano” para espiar hasta los mínimos detalles de los empleados de todas las empresas locales.

Puntos Importantes
  • Hasta el 30 de septiembre próximo las compañías deberán informar al Gobierno porteño datos sobre la vida privada de sus trabajadores.
  • Expertos aseguran que el nuevo régimen es inconstitucional ya que obliga a detallar hasta las adicciones de los empleados.
Expertos consultados por iProfesional.com están en alerta, ya que las compañías radicadas en la Ciudad de Buenos Aires están obligadas informar datos específicos sobre la vida privada de los trabajadores.

El cuestionario que comenzó a circular dentro de las compañías y que deberá ser respondido por cada empleado antes del 30 de septiembre, encendió un fuerte debate, ya que si bien incluye preguntas tradicionales como la cantidad de hijos o el nivel de instrucción, también incorpora otras que los especialistas consideran insólitas e injustificadas.

Para comprender el inédito alcance del "Gran Hermano" que avanza sobre las empresas porteñas, basta saber que el nuevo régimen obliga a las empresas a revelar, por ejemplo, si un trabajador tiene problemas de alcoholismo, utiliza drogas o es adicto a los juegos de azar.

Fuente: Boletín Oficial porteño

Todos los especialistas consultados por iProfesional.com destacaron la gravedad de la iniciativa que tomó el gobierno de Macri ya que constituye una verdadera violación de la privacidad.

Al respecto, Juan Manuel Minghini, socio de Minghini-Alegría Abogados fue contundente: “La obligación de informar hasta el grado de adicción que podría padecer el personal, viola flagrantemente normas de jerarquía constitucional”.

Por lo tanto, Minghini aseguró que el nuevo decreto del Ejecutivo porteño “podría ser atacado de inconstitucional, ya que su articulado vulnera derechos y garantías reconocidas por la Carta Magna”.

En igual sentido, Héctor García, socio de García, Perez Boiani & Asociados, disparó: “Si bien se trata del envío de una declaración jurada con clave fiscal y datos resguardados, donde las adicciones que se denuncian no son con nombre y apellido, se debería ser mas cuidadoso al respecto”.

“En especial cuando se trata de información a resguardar en el secreto profesional y que cuenta con aristas extremadamente delicadas y que podrían traducirse en una invasión a la privacidad o una violación al derecho a la intimidad y resguardo de información sensible”, agregó el profesional.

En conclusión, García, sostuvo que en “el decreto hay excesos que pueden hacer fracasar la iniciativa, ya que se solicita información a un nivel que incluso no se compatibiliza con la dimensión de las empresas con establecimiento en la Ciudad de Buenos Aires”.

Voz oficial
Desde el Gobierno porteño, el subsecretario de Trabajo, Jorge Luis Ginzo, defendió enérgicamente la medida: “Considero que el decreto no vulnera el derecho a la intimidad de los empleados ya que las empresas no tienen que identificar con nombre y apellido a los trabajadores”.

“El nuevo registro online nos ayuda a contar con información estadística vital a fin de orientar las políticas públicas de empleo”, agregó el funcionario.

“Sólo apuntamos a conocer la cantidad de trabajadores que presentan adicciones para así orientar los programas de rehabilitación y tratamiento en el ámbito del trabajo”, explicó el subsecretario.

“De ninguna manera violamos los derechos que se encuentran amparados por la Constitución”, concluyó Ginzo.

Claves de la polémica
A través del decreto 625/2009, el Ejecutivo porteño puso en marcha el “registro porteño de empleadores online”. Como norma general, el nuevo decreto establece que “entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año, los empleadores con domicilio legal o radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben brindar los datos de los empleados correspondientes al año calendario anterior”.

Respecto al plazo para informar los datos correspondientes a 2008, la nueva normativa estableció -con carácter de excepción- que las compañías porteñas “deberán suministrar los datos entre el 1° de agosto y el 30 de septiembre próximo”.

Entre la información solicitada que se destaca, puede mencionarse:

  • Datos generales de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
  • Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
  • Tipo de contrato de los trabajadores.
  • Cantidad de hijos del personal.
  • Lugar de residencia de los empleados.
  • Nacionalidad de los trabajadores.
  • Nivel de instrucción de la plantilla.
  • Conocimientos de herramientas informáticas e idiomas.
  • Altas y bajas de personal.
  • Accidentes de trabajo registrados.
  • Capacitación brindada a los empleados.
  • Detalle de las remuneraciones canceladas.
  • Relevamiento de las adicciones que presentan los trabajadores.
Conocido el exhaustivo nivel de detalle requerido por el Gobierno porteño, Minghini explicó que “se ha generado una nueva carga legal para las empresas extralimitando las obligaciones laborales a su cargo".

“Si bien la norma posee fines estadísticos, lo cierto es que se produce un exceso en los datos solicitados, incluso superponiéndose con información contable y financiera”, agregó el especialista.

“Si lo que se busca es mantener un mayor control laboral a las compañías actuantes dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, se deberá reacondicionar la norma de manera tal que se pueda informar sin vulnerar derechos reconocidos por la Constitución Nacional”, concluyó Minghini.

Debido al gran caudal de datos requeridos, García recomendó que “se podrían establecer distintas etapas de incorporación progresiva de empleadores al registro”.

“Asimismo, se podría definir un período de transición que permita divulgar esta iniciativa convenientemente y evitar que sea resistida”, añadió el profesional.

“En una primera instancia se debería exigir que se completen los campos informativos que resulten mas trascendentes y progresivamente ir habilitando los restantes”, aseguró García.

Hernán Gilardo
© iProfesional.com

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